1º Todo gran y pequeño vendedor judío deberá renovar su licencia cada año.
2º Los cheques y otras obligaciones solo serán desempeñables si el judío puede
probar que ha obtenido el dinero sin estafar/hacer trampas.
Fuente: Codigo Napoleonico, Ordenanza del 17 de Marzo de 1808.
Napoleón I Bonaparte
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