martes, 25 de mayo de 2010

Mariano Arigita y Lasa




"Ello es que, á principios de la siguiente centuria, no en Pamplona solamente sino en Tudela y otros puntos, donde los hijos de Judáh aparecen por documentos fehacientes entregado de lleno al negocio que más cautivaba sus corazones, cual era manejar dinero y hacer fortuna, en lo que fueron siempre maestros.

[...]De esta manera se iban haciendo lugar entre los cristianos, aprovechándose de sus necesidades, no menos que de la benignidad de los Reyes que les abrían la puerta para que entrasen á poblar distintas localidades, si ya no fomentaban su engrandecimiento concediéndoles fueros especiales, como veremos al estudiar su influencia política, igualando sus condiciones personales con las de los cristianos y permitiéndoles alternar con éstos, no obstante las prohibiciones de los concilios toledanos, y especialmente la del cuarto de Letrán, celebrado en 1215, cuyo capítulo LXVII prohibía severamente á los cristianos andar en comercio con los judíos, que les agobiaban con usuras inmoderadas, y excitaban el celo de los príncipes cristianos par aque protegiesen á sus súbditos contra la avaricia de los israelitas.

[...]Tales condiciones hacían que la raza hebrea se acrecentase extraordinariamente y creciesen por lo tanto los tributos que había de pagar á sus señores; pero no mejoraba por este concepto su situación social en medio de un pueblo que veía con malos ojos la multiplicación de la raza deicida.
[...] En aquella terrible sublevación, que tan cara costó al gobernador D. Pedro Sanchiz de Montagut y tan de relieve puso las excelentes cualidades del caballero francés Eustaquio de Bellamarca, los hijos de Judáh, unidos á los de la Navarrería, cometieron toda suerte de violencias y desafueros, llevando más de una vez el robo, el incendio y la muerte al Burgo de San Cernín, sin perdonar en su destructor enojo las viñas y heredades.

No conocieron en esta ocasión los judíos el terreno que pisaban. Traidores y felones, falsos y glotones, según los apellida el poeta Guillermo de Aneliers, no pensaron más que en la ganancia que podían sacar del río revuelto de los cristianos, sin discurrir que al voltear la rueda de la fortuna podían caer sobre ellos mayores calamidades.

Sitiada la Navarrería en 1276 por un poderoso ejército al mando de Bellamarca, fué entrada á saco con horrible carnicería, dominaron en ella el incendio y la muerte, y la judería fué víctima del más espantoso exterminio, en que pereció con su sinagoga, sus sacerdotes y sus riquezas casi toda la generación hebrea. [...] Solamente D. Luis Hutin se mostró más favorable á los judíos, llegando á declarar en un documento público que los tomaba bajo su protección y haciéndoles varias concesiones; de cuya actitud se valieron los hijos de Judáh para seguir su camino de atesorar dineros y de inmiscuirse en los negocios de sus convecinos por medio de préstamos en moneda y trigo, de compras y donaciones en su favor. Caballeros é infanzones, clérigos y seglares, hombres y mujeres caían á porfía en las garras de los judíos y judías para obtener dineros. [...]

En Vitoria no sólo se acordaba por el Consejo, en 28 de Mayo de 1482, rehabilitar la antiguas ordenanzas, que vedaban á toda mujer cristiana la entrada en la judería, acuedo que agravaba en 24 de Julio del mismo año, añadiendo que ninguna persona cristiana fuese osada en día de sábado "á façer fuego, nin guisar en casa de judío para judío alguno", sino que, ya en 16 de Junio de 1486 mandaba pregonar por calles y plazas ciertos artículos acordados por el alcalde, regidores y diputados, en que invocando el servicio de Dios y de los Reyes y el "aumento de la fe católica" disponían:

1.º Que nadie entrara en la Judería á vender hortalizas ni vianda alguna, limitándose á expenderla del lado afuera de su pueta.
2.º Que ninguna moza ni mujer casada entrase en la expresada Judería, bajo ningún pretexto, sin la compañía de un home lego, que la vigilara y guardara hasta su salida.
3.º Que ningún judío recibiese en su casa á mujer cristiana, de cualquier estado ó condición que fuese.
4.º Que ninguna mujer ni moza cristiana "se alquilara á jornal" á judío ni judía; todo bajo penas aflictivas y pecuniarias.

Con tales Ordenanzas, agravadas cinco años más tarde con nuevas restricciones, se cerraba la puerta á toda negociación entre los individuos de ambas razas; extendíase la atmósfera de aversión que el país vasco profesaba á los hebreos, renunciando hasta á darles la hospitalidad que por tantos años habían disfrutado. La villa de Tafalla convenía en 1492 con la ciudad de Tudela en no recibir en ambos pueblos á los judíos expulsados de Castilla que intentaban entrar en Navarra, por creerlos ser en total perdición de las repúblicas de este regno. Así que al reproducirse el edicto de expulsión, librado por los Reyes Católicos en 1492, eran relativamente muy pocos los judíos existentes en el país vasco. "


Fuente: "Los judíos en el País Vasco : su influencia social, religiosa y política" Memoria leída el día 9 de Septiembre de 1904 en el Salón de Actos del Instituto de Guipúzcoa con ocasión de las Fiestas de la Tradición del Pueblo Vasco



Mariano Arigita y Lasa


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