sábado, 7 de mayo de 2011

Égica




"Que en adelante cualquiera que de la pérfida plebe de los hebreos, hombre o mujer, volviere a la rectitud de la fe católica por verdadera profesión o conversión, y renunciando a todo error de sus ritos o ceremonias llevare el camino de su vida al modo de los cristianos, quede libre de toda la carga de la fvnctio (impuesto territorial) que antes, cuando estaba en el judaísmo, había acostumbrado pagar para utilidad pública.

Mas acerca de los restantes judíos que perseverando en la perfidia del corazón no quisieren convertirse a la Fe Católica, decretamos que se promulgue la sentencia de esta ley, es decir; que en adelante no se atrevan a ir al cátaplo para comerciar con los de Ultramar, ni hacer cualquier negocio con cristianos: Pero tengan licencia para realizar comercio entre sí y deban pagar al fisco por la liberación de las cosas propias, según la práctica acostumbrada el importe de su censo y el de aquellos que se convirtieron : Y tanto los esclavos como los edificios, tierras, viñas, y aun los olivares y otras cualesquiera cosas inmuebles, que se sepa han recibido de los cristianos por causa de venta o de cualquier otro modo, aunque ya hayan transcurrido muchos años y aunque hayan dado por ellas público precio, todo ha de unirse con fuerza al fisco, para que aquella al que la potestad real quisiere donarlo, lo disfrute con libre arbitrio. Y si cualquiera de estos mismos judíos que permanecen en la infidelidad pretendiese ir al cátaplo o tener comercio con cualquier cristiano, aprehendido con todo el conjunto de sus cosas será hecho a perpetuidad servidor del fisco.

Advertimos, pues, a todos los cristianos y declaramos con juramento con divino nombre, por cuya sangre hemos sido redimidos, que de ninguna manera con los judíos que permanezcan en la dureza de su perfidia traten de practicar ningún comercio, y si alguno de los fieles hiciere tal cosa, si fuere persona mayor y poderoso, pague tres libras de oro al fisco. También, si alguno tomare de ellos más de lo que consta valen las cosas de la misma cantidad, pierda en beneficio del fisco todo lo que comprare de más, el triple de sus bienes, junto con el precio que dio. En cuanto a las personas inferiores, si alguna hiciere esto, sea vapuleada con cien azotes, y según los bienes que tuviere en su haber, así al arbitrio del príncipe reciba el castigo de un daño especial."


Fuente: Extracción del Liber Ivdiciorvm Tomo del Rey Egica. "Sobre la perfidia de los judíos"



Égica


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