sábado, 3 de abril de 2010

Alfonso X de Castilla




Ley I. "Defendemos que ningun judio sea osado de leer libros ningunos que fablen en su ley e que sean contra ella para desfacerla, nin de los tener ascondidos: et si alguno los oviere o los fallare, quemelos a la puerta de la sinagoga conceiramientre. Otrosi defendemos que non lean nin tengan libros a sabiendas que fablen en nuestra ley que sean contra ella pora desfacerla: mas otorgamos que puedan leer e tener todos los libros de su ley, asi como les fue dado por Moises e por los otros profetas: et si alguno toviere o leyere libros contra nuestro defendimiento, asi como es
sobredicho, el cuerpo e el haver este a mercet del rey."

Ley IV. "Ningun judio nin judia non sea osado de criar fijo de cristiano nin de cristiana, nin
de dar su fijo a criar a cristiano ni a cristiana, e el que lo ficiere, peche cincuenta maravedis al rey, e non lo faga mas."

Ley V. "Judio ninguno non faga emprestido a usuras nin de otra manera sobre cuerpo de cristiano ninguno, e el que lo ficiere pierda quanto diere sobreel, e el cristiano puedase yr libremientre quando quisiere, e pena nin pleyto que sobre si faga para non se poder yr, non vala."


Fuente: De Los Judios , Fuero Real Alfonso X - Libro IV - Titulo 2



Alfonso X el Sabio


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